Cómo Obtener una Residencia Fiscal en Uruguay

La residencia fiscal en Uruguay se refiere a la vinculación de una persona física con el país, basada en ciertas condiciones como tiempo de permanencia, ubicación del núcleo familiar o de intereses vitales, ingresos y tipo de inversiones. Esta condición determina la obligación de pagar impuestos en Uruguay. A diferencia de la residencia legal, la fiscal no es permanente y se evalúa anualmente, y una persona puede tener ambos tipos de residencias.

¿Qué es la Residencia Fiscal?

La residencia fiscal implica que un individuo es reconocido como contribuyente en Uruguay. Abarca diferentes aspectos como el lugar donde la persona pasa la mayor parte del tiempo, dónde se encuentran sus intereses económicos principales, y la localización de su familia y actividades principales.

Criterios para Acreditar la Residencia Fiscal

El proceso de acreditación de la residencia fiscal se basa en varios criterios:

  • a. Permanencia en Uruguay: Más de 183 días durante el año civil, acreditados por el Certificado de Llegada de la Dirección Nacional de Migración y otros documentos relevantes.
  • b. Núcleo Principal de Actividades: Acreditación a través de un Certificado notarial o contable de ingresos, declaraciones del contribuyente y comparación de ingresos generados en Uruguay frente a otros países.
  • c. Intereses Económicos: Inversiones en inmuebles o empresas con proyectos de inversión promovidos, cumpliendo ciertos valores mínimos en Unidades Indexadas (UI).

En 2020, se introdujeron nuevas condiciones para la residencia fiscal:

  • a. Inversiones en Bienes Inmuebles: Se rebajó el valor mínimo requerido para inversiones inmobiliarias, con la condición de una presencia física en Uruguay de al menos 60 días al año.
  • b. Inversión en Empresas y Creación de Empleo: Inversiones en empresas que generen un mínimo de puestos de trabajo directos en relación de dependencia.

Beneficios de la Residencia Fiscal: El Tax Holiday

Para alentar a los extranjeros a establecerse en Uruguay, se ha implementado un régimen fiscal favorable en relación con las rentas pasivas de capital obtenidas del extranjero, las cuales están sujetas al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y no al Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR), aplicándose una tasa del 12%.

Para aquellos que hayan adquirido la residencia fiscal desde el año fiscal 2020, se les ofrece la opción de:

  • Pagar el IRNR durante el año en que se estableció la residencia fiscal y los siguientes 10 años (11 años en total), lo que equivale a un 0% de IRPF durante ese periodo, seguido por un IRPF al 12%, o
  • Optar por el IRPF a una tasa del 7% sin límite de tiempo.

Para los residentes fiscales que se establecieron antes y que podían optar por el IRNR durante 6 años, ahora se les brinda la oportunidad de extender este beneficio a 10 años, siempre y cuando:

  • Realicen una inversión en bienes inmuebles después del 22/1/2021 por un valor superior a 3.500.000 Unidades Indexadas (UI), aproximadamente USD 470.000, y
  • Mantengan una presencia efectiva en el país de 60 días calendario durante el año fiscal.

En el cálculo de los años fiscales se descontarán aquellos en los que ya se haya optado por la primera alternativa.

Centro de Intereses Vitales

La residencia fiscal también puede ser acreditada a través de la radicación en Uruguay del centro de intereses vitales. Esto incluye la inscripción de hijos en instituciones educativas, cobertura médica local, membresía en clubes deportivos, entre otros.

Residencia Presumida por Cónyuge e Hijos Menores

La presentación del Certificado de residencia de los miembros de la familia y la prueba del estado civil y la filiación son suficientes para presumir la residencia fiscal del individuo.

Obtención del Certificado de Residencia Fiscal

Para confirmar la residencia fiscal de una entidad jurídica, se debe presentar ante la Dirección General de Impositiva (DGI) la documentación que acredite la residencia fiscal y completar el Formulario 5202. La solicitud se realiza de forma presencial en las oficinas de la DGI, tanto en Montevideo como en el interior del país.

El certificado notarial debe incluir lo siguiente:

En el caso de entidades jurídicas o organizaciones constituidas según la legislación uruguaya:

  • Prueba de constitución conforme a las leyes nacionales.
  • Comprobante del domicilio en Uruguay durante el período requerido, tanto fiscal como legal.
  • Información sobre quién representa legalmente a la entidad.
  • Declaración que confirme que no se está tramitando una redomiciliación al extranjero.

Para entidades jurídicas u organizaciones no establecidas según las leyes uruguayas:

  • Confirmación de finalización de los procedimientos formales requeridos por las normativas legales y reglamentarias vigentes para establecer su domicilio en Uruguay.
  • Comprobante del domicilio en el país durante el período solicitado.
  • Información sobre quién representa legalmente a la entidad.
  • Declaración que confirme que no se está tramitando una redomiciliación al extranjero.

Este documento debe ser presentado con una antigüedad no mayor a 15 días hábiles al momento de entregar la solicitud ante la Administración correspondiente.

Cómo Vivir en Uruguay Puede Ayudarte

La obtención de la residencia fiscal en Uruguay es un proceso que requiere un análisis detallado de la situación individual de cada persona. Es importante considerar todos los aspectos legales y financieros antes de tomar una decisión.

En Vivir en Uruguay, entendemos la complejidad de estos procesos y ofrecemos asesoramiento experto para navegar el sistema fiscal uruguayo. Nuestro equipo de profesionales está listo para ayudarte a evaluar tu situación y guiarte en cada paso para obtener tu residencia fiscal en Uruguay.

Optar por Uruguay como tu residencia fiscal ofrece numerosos beneficios y oportunidades. Con la guía adecuada y una comprensión clara del proceso, puedes establecer una base sólida para tu vida en Uruguay, disfrutando de sus beneficios fiscales y de su entorno acogedor.

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