Implicancias recientes sobre trusts irrevocables y contribuciones especiales en Argentina

En enero de 2025, un tribunal fiscal argentino emitió una resolución que impacta la interpretación sobre el tratamiento fiscal de los trusts irrevocables en el marco del Aporte Solidario y Extraordinario (ASE), conocido popularmente como “Impuesto a las Grandes Riquezas”. Esta decisión aporta claridad sobre cuándo los bienes transferidos a un trust deben incluirse en la base imponible y cuándo pueden quedar excluidos.

¿Qué es un trust irrevocable y por qué importa su tratamiento fiscal?

Un trust es una estructura patrimonial donde una persona (el constituyente) transfiere bienes a un fiduciario, para que los administre en beneficio de terceros (los beneficiarios). En un trust irrevocable, el constituyente pierde el control directo sobre los activos aportados, al ceder la facultad de gestión y disposición al fiduciario.

Este desapoderamiento efectivo es un elemento fundamental para que los bienes dentro del trust no se consideren parte del patrimonio del constituyente a efectos fiscales.

Decisión clave sobre control y gravabilidad

El tribunal determinó que, para fines del ASE y del Impuesto a los Bienes Personales, no basta con que un trust sea declarado irrevocable en los documentos constitutivos. Es esencial evaluar el grado real de control o influencia que el aportante mantiene sobre los activos.

  • En el caso analizado, el constituyente actuaba como “protector” del trust, con poderes significativos.
  • Entre esos poderes figuraban la designación y remoción del fiduciario, así como la autorización de cambios en beneficiarios.
  • También tenía participación en decisiones relevantes sobre la administración y destino de los activos.

Por ello, el tribunal concluyó que no existía un desapoderamiento efectivo y, en consecuencia, los bienes debían considerarse dentro de la base imponible del impuesto.

¿Qué significa esta resolución para quienes utilizan trusts?

Esta interpretación refuerza que la mera existencia de un trust irrevocable no asegura la exclusión de bienes del patrimonio fiscalizable. El análisis debe centrarse en la realidad operativa y en el control efectivo que el constituyente tenga sobre el patrimonio transferido.

Esto implica que quienes busquen estructuras fiduciarias con fines de planificación fiscal deben diseñarlas cuidadosamente, asegurando que el trust cumpla con los requisitos formales y materiales para ser considerado irrevocable y con desapoderamiento real.

Recomendaciones para una estructura fiduciaria efectiva

  • Evitar conservar poderes de control que permitan influir en la administración o en los beneficiarios.
  • Delegar completamente la gestión y toma de decisiones a fiduciarios independientes.
  • Contar con asesoramiento legal y fiscal especializado para documentar y operar el trust conforme a las mejores prácticas.
  • Realizar revisiones periódicas para asegurar que la estructura se mantenga dentro del marco normativo vigente.

Conclusión

El tratamiento fiscal de los trusts irrevocables depende hoy de un análisis concreto del control que conserva el aportante. La planificación patrimonial debe considerar estos criterios para evitar contingencias fiscales y asegurar la eficacia de las estructuras fiduciarias.

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