Sucesión en el Uruguay

Trámites Sucesorios en Uruguay: Un Proceso Fundamental para la Distribución de Bienes y Derechos

Los trámites sucesorios en Uruguay son una parte fundamental del proceso legal que sigue a la muerte
de una persona para la distribución de sus bienes y derechos entre sus herederos. En este artículo,
exploraremos en detalle qué implica este proceso, los pasos necesarios para llevarlo a cabo y su
importancia en el marco legal y social del país.

¿Qué son los Trámites Sucesorios?

Los trámites sucesorios, también conocidos como sucesiones o herencias, son el conjunto de
procedimientos legales que se realizan después del fallecimiento de una persona (llamada causante)
para determinar quiénes son sus herederos y cómo se distribuirán sus bienes y derechos entre ellos.

Pasos en el Proceso Sucesorio:

  1. Inicio del Proceso: El proceso sucesorio comienza con la presentación de una solicitud ante el
    Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de la jurisdicción donde residía el causante al
    momento de su fallecimiento.
  2. Designación de un Curador Ad Litem: Si el causante no dejó testamento o si los herederos
    son menores de edad o incapaces, se designará un curador ad litem para representar sus
    intereses en el proceso.
  3. Inventario y Avalúo de Bienes: Se realiza un inventario de los bienes dejados por el causante y
    se procede a su avalúo para determinar su valoración económica.
  4. Declaratoria de Herederos: Una vez determinados los herederos y sus porcentajes de
    participación en la herencia, se solicita al juez la declaratoria de herederos, que es el acto por el
    cual se reconoce oficialmente la calidad de heredero de una persona.
  5. Partición de la Herencia: Finalmente, se procede a la partición de la herencia, es decir, a la
    distribución de los bienes y derechos entre los herederos de acuerdo con lo establecido por la ley
    o por el testamento del causante.

Importancia de los Trámites Sucesorios:

Los trámites sucesorios son de suma importancia por varias razones:

  1. Legalidad y Seguridad Jurídica: El proceso sucesorio garantiza que la distribución de los
    bienes y derechos del causante se realice de acuerdo con la ley y de manera transparente,
    asegurando así la seguridad jurídica de todas las partes involucradas.
  2. Protección de los Derechos de los Herederos: A través de los trámites sucesorios se protegen
    los derechos de los herederos, asegurando que reciban lo que les corresponde de manera justa
    y equitativa.
  3. Prevención de Conflictos: La realización de los trámites sucesorios de manera adecuada
    ayuda a prevenir conflictos y disputas entre los herederos, al establecer claramente cuáles son
    sus derechos y obligaciones en relación con la herencia.

Requisitos necesarios para abrir una sucesión en Uruguay .

1) La sucesión uruguaya se tramita con total independencia de cualquier sucesión tramitada en el exterior, no teniendo ninguna conexión con las mismas.

2) La documentación necesaria para tramitar aquí una sucesión sería:

  •  copia certificada del testamento, en caso de que hubiera.
  •  copia de los títulos de propiedad de los inmuebles.
  •  originales de los comprobantes de pago de las contribuciones inmobiliarias de cada uno de los inmuebles.
  •  partida de defunción del causante: dos originales.
  •  partida de matrimonio y partidas de nacimiento de los hijos.
  •  poder para juicio otorgado en escritura pública ante Escribano.

Todas las partidas, el testamento y el poder deben ser legalizadas por el Consulado Uruguayo más próximo.

3) Debe abonarse el impuesto a las trasmisiones patrimoniales a la tasa de 4% (principio general) o 3% (en caso de herederos descendientes del causante) sobre el valor fiscal de los inmuebles. Además, deben abonarse gastos por tributos judiciales, publicación de edictos, inscripción en Registro.

4) Para pagar el impuesto individualizado en 3) hay un plazo de un año a partir del fallecimiento del causante. Para ese pago debe contarse con las partidas correspondientes. En caso de pago fuera de plazo, se aplica una multa de 20% y recargos mensuales de 7%.

Demora : mínimo seis meses, hasta un año o más en caso que se vuelva un proceso contradictorio

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Clasificación de las Sucesiones

En Uruguay, se distinguen principalmente dos clases de sucesiones: las testamentarias y las intestadas.

Exploraremos brevemente sus características.

a) Sucesiones Testamentarias:

Este tipo de sucesión ocurre cuando el difunto ha dejado un testamento que dicta sus últimas voluntades respecto a sus bienes post mortem. Se profundizará sobre la normativa de testamentos en Uruguay en otra sección.

Aunque el testador tiene la libertad de designar beneficiarios a su elección, hay una porción de la herencia, conocida como la legítima, que debe ser asignada obligatoriamente a los herederos forzosos o legitimarios, quienes son sus descendientes legítimos, naturales y ascendientes directos. Exceptuando situaciones justificadas de desheredación, el testador no puede despojar a estos herederos de su legítima; de ocurrir, el heredero afectado puede reclamar judicialmente su parte omitida. (Conforme a los Artículos 884 y siguientes del Código Civil Uruguayo)

Por ejemplo, si el testador tiene un único hijo, puede disponer libremente de hasta la mitad de sus propiedades en Uruguay (la parte de libre disposición), mientras que la otra mitad constituye la legítima del hijo. La proporción de la parte de libre disposición varía según el número de hijos o ascendientes del testador.

Cualquier infracción a la legítima por parte del testador puede ser corregida por los tribunales uruguayos a petición del interesado, mediante un proceso de reforma testamentaria.

Es relevante mencionar que el testamento también puede crear un fideicomiso post mortem. Sin embargo, este fideicomiso testamentario no puede infringir las legítimas de los herederos forzosos o legitimarios, tal como se mencionó anteriormente.

b) Sucesiones Intestadas:

Ocurren cuando una persona fallece sin dejar testamento.

En estos casos, la herencia se distribuye según el siguiente orden de prelación (Artículo 1025 y subsiguientes del Código Civil Uruguayo):

i) en primer lugar, heredan los hijos legítimos o naturales del fallecido;

ii) en ausencia de hijos, la mitad de la herencia pasa a los ascendientes (padres, abuelos) y la otra mitad al cónyuge. Si no hubiera ascendientes o cónyuge, la totalidad de la herencia recae sobre el grupo sobreviviente. Cabe destacar que los ascendientes y el cónyuge solo heredan en ausencia de hijos, incluso si estos predecesieron al fallecido, en cuyo caso heredarían los descendientes del hijo fallecido por representación;

iii) si no existen hijos, cónyuge, ni ascendientes, heredan los hermanos del fallecido y los hijos adoptivos, dividiendo la herencia equitativamente entre ambos grupos. Si uno de estos grupos no existiera, el otro hereda la totalidad de la herencia.

iv) en ausencia de descendientes, ascendientes, cónyuge, hijos adoptivos y hermanos, heredarán los padres adoptivos o los familiares colaterales.

v) finalmente, si no hubiera ninguno de los anteriores, la herencia recae en el Estado Uruguayo.

La liberación de las deudas del causante por parte de los herederos

Es crucial entender que, ante la presencia de obligaciones pendientes del difunto, los sucesores son inicialmente responsables de dichas deudas, pudiendo afectar incluso sus activos personales.

No obstante, los sucesores pueden eximirse de esta responsabilidad si optan por aceptar la herencia “a beneficio de inventario”, en tal situación, las obligaciones del difunto se satisfarán únicamente con los activos heredados y nunca comprometerán los bienes personales de los herederos ajenos a la herencia.

La adopción de la herencia a beneficio de inventario se vuelve imperativa cuando alguno de los herederos es menor de edad (menor de 18 años), asegurando que, bajo ninguna circunstancia, un menor se vea obligado a responder con sus bienes personales por las deudas dejadas por el difunto.

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Conclusiones:

Los trámites sucesorios en Uruguay son un proceso legalmente establecido y de suma importancia para
la distribución de bienes y derechos entre los herederos de una persona fallecida. A través de estos
trámites, se garantiza la legalidad, seguridad jurídica y protección de los derechos de todos los
involucrados, contribuyendo así a la paz y armonía en el ámbito familiar y social.

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