Primero se apostilla en el país de origen, después se traduce en Uruguay. Invertir ese orden es el error que más plata y tiempo hace perder, porque una traducción hecha antes de la apostilla no cubre el sello apostillado y hay que rehacerla. Y hay algo más: cada organismo uruguayo tiene su propia regla de traducción, y no son iguales.
Acá está quién puede traducir, el orden correcto y las reglas específicas de cada trámite.
Qué es una traducción pública y quién puede hacerla
El traductor público es un profesional con formación universitaria regulado por la Ley 20.305. Es el único autorizado para validar traducciones públicas y para actuar como intérprete y traductor en procedimientos judiciales.
Una traducción pública no es una traducción común bien hecha: es un acto con responsabilidad profesional, firmado y sellado, que los organismos aceptan como equivalente al documento original. Para que valga, el traductor debe estar matriculado en el Colegio de Traductores Públicos.
El orden correcto, y por qué importa
- Apostillar o legalizar el documento en el país de origen. No se puede apostillar en Uruguay un documento emitido afuera.
- Traducir en Uruguay, con la apostilla ya puesta, para que la traducción la incluya.
- Presentar ante el organismo que corresponda.
Si traducís primero y apostillás después, la traducción no cubre el sello y probablemente tengas que pagarla de nuevo. Todo el detalle del primer paso, en la guía de apostillado y legalización.
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La regla cambia según el organismo
Este es el punto que ningún artículo reúne en un solo lugar, y es donde se traba la gente. Cada trámite tiene su propia exigencia.
Inscripción de partidas extranjeras — Registro de Estado Civil
Tres situaciones distintas:
- Documento en otro idioma: puede traducirlo un traductor público uruguayo o el Consulado del Uruguay en el país de origen.
- Documento con caracteres no latinos (árabe, cirílico, chino, hebreo…): la traducción debe hacerla obligatoriamente un traductor público uruguayo. Acá no hay alternativa consular.
- Documento ya traducido en el país de origen: no se descarta, pero hay que sumarle un certificado de concordancia emitido por un traductor público uruguayo.
Ese tercer caso es el que más plata hace perder: mucha gente traduce en su país creyendo que ahorra, y después paga igual el certificado acá. Más sobre este trámite en inscripción de partidas extranjeras.
Documento de identidad — DNIC
Para la cédula de identidad, la documentación debe estar en español o traducida por un traductor público inscripto en la propia Dirección Nacional de Identificación Civil. El listado se solicita en la oficina.
Es un requisito más estricto que el general: no alcanza con cualquier traductor público matriculado.
Residencia legal — Dirección Nacional de Migración
Toda la documentación va legalizada o apostillada y traducida, con una excepción relevante: los documentos de Brasil no requieren traducción. Detalle completo en cómo obtener la residencia legal.
Apostilla — Ministerio de Relaciones Exteriores
Acá la relación se invierte: si lo que vas a apostillar es una traducción de traductor público, esa traducción debe estar previamente legalizada por la Suprema Corte de Justicia. Lo mismo aplica a documentos de escribanos y del Poder Judicial.
Licencia de conducir — intendencias
Si tu licencia o la documentación asociada no están en español, hay que adjuntar traducción pública. Ver homologar la licencia de conducir.
Qué documentos suelen necesitar traducción
- Partidas de nacimiento, matrimonio y defunción.
- Certificados de antecedentes penales del país de origen y de aquellos donde residiste.
- Títulos y certificados de estudio, para convalidación.
- Sentencias judiciales: divorcio, adopción, tenencia.
- Poderes y documentos notariales otorgados en el exterior.
- Documentación societaria de empresas extranjeras.
- Licencias de conducir y documentación asociada.
Los cuatro errores más caros
1. Traducir antes de apostillar
La traducción no cubre el sello apostillado y hay que rehacerla.
2. Traducir en el país de origen sin prever el certificado de concordancia
Para partidas, esa traducción necesita un certificado de concordancia de un traductor público uruguayo. El ahorro desaparece.
3. Usar un traductor no inscripto donde el organismo lo exige
La DNIC pide traductores de su propio listado. Una traducción de un traductor público matriculado pero no inscripto ahí puede ser rechazada.
4. Asumir que la regla es la misma en todos lados
No lo es. Consultá la exigencia específica del organismo antes de encargar la traducción, no después.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede hacer una traducción pública en Uruguay?
Solo un traductor público, profesional universitario regulado por la Ley 20.305 y matriculado en el Colegio de Traductores Públicos.
¿Traduzco primero o apostillo primero?
Primero se apostilla o legaliza en el país de origen, y después se traduce en Uruguay, para que la traducción incluya el sello.
¿Sirve una traducción hecha en mi país?
Depende del trámite. Para partidas se acepta sumándole un certificado de concordancia de un traductor público uruguayo. Otros organismos tienen exigencias propias.
¿Y si mi documento está en árabe, chino o ruso?
Al tener caracteres no latinos, para la inscripción de partidas la traducción debe hacerla obligatoriamente un traductor público uruguayo.
¿Los documentos de Brasil necesitan traducción?
Para el trámite de residencia legal, no: es la excepción expresa que contempla Migración.
¿Puede traducir el consulado uruguayo?
Para la inscripción de partidas sí, salvo que el documento tenga caracteres no latinos. Otros organismos pueden exigir traductor público local.
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